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REGLAMENTO-2003

CAPITULO X

De la Cala de Caballo  

Artículo 76.- Esta faena es la demostración de la buena rienda y educación del caballo charro y comprende brío, poder, buen gobierno, estribo, mansedumbre, andadura, galope, carrera, ceja, postura de cabeza y 
cola.

Artículo 77.- Podrá ejecutarse en cualquier lugar destinado para charrerar o en otro que tenga las características que marca este Reglamento.

Artículo 78.- Iniciando en el partidero por el centro de la manga del lienzo se medirá y señalara una distancia de 70 metros en donde en forma perpendicular se medirá y señalara un rectángulo de 6 x 20 metros el que tendrá 3 metros a cada lado de la línea central y llegará consecuentemente a los 90 metros

La línea de los 70 metros se indicará pintando solo un metro hacia adentro  partiendo de la línea lateral

Artículo 79.- Los competidores se presentarán, momentos antes de iniciar la Charreada, en el orden que les corresponda, ante los jueces para la revisión de freno, estribos, y riendas, actividad que debe llevarse a 
cabo en el rectángulo. Desfilaran con sus respectivos equipos y esperaran a ser acompañados por el caporal  
al llamado de los jueces  en el orden que les corresponda para la ejecución de su faena.

Los jueces si lo consideran necesario, podrán revisar los frenos al término de cada una de las calas.

Artículo 80.- El freno deberá ser estilo charro. Queda prohibido el uso de alambres o cualquiera otra adición 
en cualquier parte del freno. El uso de esos artefactos será motivo de descalificación.

Artículo 81.- No se permitirán frenos articulados, de tijera o gozne, zacatecanos o con barbada de argolla, punta de flecha, placa, aditamentos soldados al bocado o cualquier agregado no charro que sirva de castigo. También queda prohibido el uso de bozales, bozalillos, ronzales o cabrestos, así como llevar las riendas manqueadas.

Artículo 82.- No se permitirá el uso de pomadas,  ligas, trenzas o cualquier otro tipo de artefactos en la cola 
del caballo, que tengan  como  propósito evitar los defectos de rabear o espiguear. Su uso será motivo de descalificación.

Artículo 83.- Una vez que el Jurado Calificador autorice al competidor a iniciar su cala, éste se presentará en 
el rectángulo, saludará al público, dará medio lado y se dirigirá  al galope con rumbo al partidero, al llegar a la distancia cero ( 0 )  del lienzo, volteará el caballo para ponerlo en mano donde comenzara a contar un minuto para  arrancar su cabalgadura.

Artículo 84.- Desde la distancia  cero ( 0 ) del lienzo, con el caballo de frente, sobreparado y puesto en mano, deberá arrancar a toda carrera o a  galope hasta los 20 metros  del mismo desde donde  deberá  imprimir  mayor velocidad y desarrollar   toda carrera  de su cabalgadura.

Artículo 85.- El uso de la cuarta queda a criterio del competidor  sólo en los cuartos traseros. Será motivo de descalificación cuartear en las paletas o el cuello del caballo. Pero obligatorio traerla en la mano desde su inicio.

Artículo 86.- Al entrar en el rectángulo, llamará a su caballo para dar la punta y se tomará en cuenta la velocidad y la forma de meter las patas, así como las huellas que haya dejado el caballo al rayar en tres tiempos como máximo, para obtener puntos adicionales. Las huellas que deje el caballo fuera del rectángulo, que no sean mayores a 50 cm no tendrán sanción ni se tomaran como huella. Si supera esta medida se 
tomará como huella y la sanción de llamar antes

Artículo 87.- Después, sin voltear el caballo, lo pondrá en el centro respecto de las líneas laterales y sobreparado lo hará girar hacia derecha o izquierda, dando tres o más lados y si se desplazara, antes de 
iniciar los lados contrarios, lo regresará al centro. En esta prueba se tomará en cuenta el mayor número de vueltas y la velocidad, así como no salirse de su centro, pivoteando ó asentando con la pata del lado del giro.

Artículo 88.- Al término de los lados, tomará el centro y girará 180 grados, (medios lados) a la derecha y a la izquierda,  en un solo impulso o dos como máximo para obtener puntos adicionales. Es optativo para el competidor iniciar a la derecha o a la izquierda, pero siempre tendrá que dar ambos medios. Los cuales no se premiaran si no tienen los 180 grados, cuando los intentos no rebasen los 90 grados y  se queden en ¼ de vuelta la cala se descalificará  por considerarse inconclusa al  negarse a ejecutar el movimiento completo.

Artículo 89.- Terminada esta prueba, cejará su caballo, en línea recta hacia el partidero, debiendo cruzar con los cuartos delanteros la línea de los 50 metros de la manga del lienzo y regresará al tranco hasta el rectángulo, donde saludará al estilo charro para dar por terminada su cala.

Artículo 90.- Para la ejecución de los movimientos, la rienda se manejará preferentemente a media tabla del cuello del caballo. No deberá abrir la rienda ni manquearla. Todos los movimientos se harán con una sola 
mano, izquierda o derecha, pudiendo cambiar de mano, pero nunca usar las dos al mismo tiempo, a 
excepción de la punta, perdiendo, si lo hiciera, los puntos adicionales respectivos.

Artículo 91.- Será motivo de descalificación no realizar la cala completa que se integra con:

·                                             Saludo inicial . (No ejecutar el saludo inicial o final

·                                             Galope.             no será motivo de descalificación

·                                             Carrera.             pero  se sancionará con 2 puntos)

·                                             Punta.

·                                             Lados.

·                                             Medios lados.

·                                             Ceja.

·                                             Tranco.

·                                             Saludo final.

·                                              

Artículo 92.- Se permitirá el uso de taloneras, muñequeras, y campanas de cuero para protección de 
las manos y patas del caballo, conservando siempre el estilo charro.

Artículo 93.- Si al ejecutar la punta esta se inicia antes de los 70 metros, se sancionará por llamar antes o disminuir la carrera. debiendo tomarse en consideración lo establecido en el articulo  86  de este 
reglamento. Ejecutar la punta antes de los 60 mts. será motivo de descalificación.

Artículo 94.- Si se le llegara a caer la cuarta al competidor, antes de iniciar, se le sancionará con un 
punto malo y se le entregará.

Artículo 95.- Cualquier raya que dejen las patas del caballo dentro y fuera del rectángulo, serán tomadas en cuenta para la punta, tomando en consideración lo establecido en el articulo 86 de este reglamento.

CALIFICACIONES

·          Se otorgarán 20 puntos por la presentación del caballo y esta calificación podrá aumentar o disminuir según la puntuación adicional o las infracciones.

ADICIONALES

I              Por alagartarse  para dar el estribo:                                                  1

                II                Por brío                                                                                                 1

                III                Por poder                                                                                                     1

IV            Por ejecutar la cala a una sola mano, izquierda o derecha optativamente desde su inicio:     2          

V             Para que haya puntuación adicional en la punta las  huellas de las patas no deben ser menores 
de seis metros.

a)            Por rayar el caballo metiendo las 2 patas en un solo  tiempo                   10

b)            Por rayar el caballo metiendo una pata en un solo tiempo y la otra en 2 tiempos 9 

c)            Por rayar el caballo metiendo una pata en un solo tiempo y la otra en 3 tiempos 8 

d)               Por rayar el caballo metiendo las 2 patas en 2 tiempos                                   7

e)            Por rayar el caballo, metiendo una pata en 2 tiempos y la otra en 3 tiempos  6

f)             Por rayar el caballo metiendo las patas  en 3  tiempos                                 4

VI            * Gráficas

( Anexo  1 )

VII          Por dar seis o más lados imprimiendo de menor a mayor  velocidad sin salirse de su centro, pivoteando, por cada                 lado:                                                                                       2

VIII        Por asentar la pata de apoyo del lado en que está girando, haciendo una sola marca en la arena por cada lado imprimiendo velocidad.  Se acumulan con los de la   fracción anterior                1

IX            Por dar los medios lados mínimos de 180° en dos tiempos como máximo, por cada medio lado     1

X              Por arrancar su cabalgadura a toda carrera de sobreparado 2 

INFRACCIONES

I              Por resistirse a ser enfrenado: 1

II             Por resistirse a dar el estribo  1

III           Por alborotarse en el partidero: 1

IV            Por no poner el caballo en mano: 1

V             Por no arrancar su  caballo  en un tiempo máximo de 60 segundos                              2

VI            Por no correr en línea recta por el centro de la manga del lienzo:                    2

VII          Por disminuir la carrera sin ser llamado de la rienda:                                                   2

VIII        Por llamar al caballo de la rienda después de los 60 y antes de los 70 metros para dar la punta:     1

IX            Por  parar su cabalgadura sobre las manos y/o cargarse de  en la  rienda           3

X             Por voltear el caballo para iniciar cualquiera de sus movimientos, dando la espalda al publico    1

XI            Por rebasar la línea de los 90 metros  al dar la punta a excepción de que lleve adicionales 
por haberla dado hasta en tres tiempos                                                 1

XII          Por abrir el hocico                                                                                                                                      1

XIII         Rabear y/o espiguear       1

XIV         Enjetarse   2      

XV          Cachetear:  2     

XVI                Desplazarse al dar los lados, rebasando las líneas laterales del rectángulo, por cada lado:   2

XVII        Dar los lados sobre las cuatro patas, por cada lado:                                                      2

XVIII      No imprimir la velocidad debida al dar los lados, por cada lado:                       2

XIX         Por dar los medios lados sin apoyarse sobre las patas, por cada ½ lado     1

XX          Estrellar    1

XXI          Despapar y/o gorbetear    1

XXII        No cejar en línea recta, partiendo del centro del rectángulo, hasta rebasar con las manos del caballo la línea de los 50 mts.                                                                  1  

XXIII      Tener andadura de mondingo o trote                                                      1

XIV          Perder uno o ambos estribos                                                      2

XXV          Reventarse las taloneras, muñequeras, rienda, barbada, cadenillas, etc., no se permite remendar, pero se le permite continuar:                                                              1

XXVI       Perder la cuarta en cualquier momento, pudiendo autorizar los jueces que se le regrese       1

XXVII     Sangrar el hocico del   caballo   2

XXVIII    No tomar su centro longitudinal para dar los lados o los medios lados: 1

XIX          Por dar seis o más piquetes al ejecutar la punta                                                     2

XXX         Por preguntar y/o  cuestionar a los jueces durante la realización de la Cala y en especial sobre el resultado de la ejecución de la punta, en una sola ocasión, (descalificación en caso de insistencia).   2

XXXI       Por no saludar al principio y/o final de la cala  2
DESCALIFICACIONES

I              Usar frenos no charros o con aditamentos impropios, así como frenos zacatecanos, articulados, bozales, ronzales y abrestos, desde el momento de presentar el caballo ante el jurado calificador, 
no se permitirá cambiar y se infraccionará con 4 puntos malos.

II            Usar artefactos, inyecciones, ligas, agujas  o  pomadas en la cola del caballo.

III           Por no partir al galope del ruedo hacia el partidero, o al galope de los cero ( 0 ) a los
veinte (20 mts.) y a toda carrera de los 20 en adelante.

IV            Por rebasar  las líneas laterales del rectángulo con cualquier parte de la cabalgadura al ejecutar la punta.

V              No parar el caballo al llamarlo de la rienda.

VI            No colocar la cuarta en el cuartero antes de iniciar los lados.

VII          Abrir la rienda o manquearla.

VIII                Sujetarse de cualquier parte de la silla o de la  cabalgadura durante  los movimientos 
que integran la cala.

IX                Levantarse de manos el caballo en cualquier momento.

X              Por caerse con todo y  caballo sin levantarse con el.

XI            Caerse el jinete o apearse, se descalifica y se infracciona con 6 puntos malos.

XII          No hacer la cala completa o negarse el caballo en cualquiera de sus movimientos.

XIII        Por usar las dos manos al mismo tiempo, a excepción de la punta, al entrar al rectángulo y 
al colocar la cuarta en el cuartero.

XIV         Por negarse el caballo a ser enfrenado o a dar el estribo, saliéndose con cualquier parte del 
cuerpo del rectángulo en donde se ejecuta  la  cala.

XV           El caballo que sea presentado por un competidor en un campeonato, torneo o competencia por un equipo, no podrá ser presentado por otro en el mismo evento Si lo hicieren, será descalificado en la segunda y subsecuentes calas.

XVI         El calador que interrumpa la ejecución de su faena para preguntar y/o cuestionar por segunda ocasión  por la                 calificación otorgada por los jueces, en especial la correspondiente a la ejecución de la punta.

XVII        Si  rebasara un minuto sin arrancar una vez  que ha llegando al  partidero.

XVIII      Por cuartear al caballo de medio cuerpo hacia adelante.

XIX          Amarrar o trenzar la cola del caballo.

XX           Por dar  cuartos de lado (90 grados)en lugar de medios lados 180  grados ),a derecha o izquierda.

XXI          Por ejecutar la punta antes de los 60 Mts.

XXII        Por no cejar la cabalgadura hasta rebasar con las manos la línea de los 50 Mts.

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