MUNDOCHARRO.COM |
REGLAMENTO-2003
CAPITULO
X
De
la Cala de Caballo
Artículo
76.- Esta faena es la demostración de la buena rienda y educación del
caballo charro y comprende brío, poder, buen gobierno, estribo,
mansedumbre, andadura, galope, carrera, ceja, postura de cabeza y Artículo
77.- Podrá ejecutarse en cualquier lugar destinado para charrerar o en
otro que tenga las características que marca este Reglamento. Artículo
78.- Iniciando en el partidero por el centro de la manga del lienzo se
medirá y señalara una distancia de 70 metros en donde en forma
perpendicular se medirá y señalara un rectángulo de 6 x 20 metros el
que tendrá 3 metros a cada lado de la línea central y llegará
consecuentemente a los 90 metros La
línea de los 70 metros se indicará pintando solo un metro hacia adentro
partiendo de la línea lateral Artículo
79.- Los competidores se presentarán, momentos antes de iniciar la
Charreada, en el orden que les corresponda, ante los jueces para la
revisión de freno, estribos, y riendas, actividad que debe llevarse
a Los
jueces si lo consideran necesario, podrán revisar los frenos al término
de cada una de las calas. Artículo
80.- El freno deberá ser estilo charro. Queda prohibido el uso de
alambres o cualquiera otra adición Artículo
81.- No se permitirán frenos articulados, de tijera o gozne, zacatecanos
o con barbada de argolla, punta de flecha, placa, aditamentos soldados al
bocado o cualquier agregado no charro que sirva de castigo. También queda
prohibido el uso de bozales, bozalillos, ronzales o cabrestos, así como
llevar las riendas manqueadas. Artículo
82.- No se permitirá el uso de pomadas,
ligas, trenzas o cualquier otro tipo de artefactos en la cola Artículo
83.- Una vez que el Jurado Calificador autorice al competidor a iniciar su
cala, éste se presentará en Artículo
84.- Desde la distancia cero
( 0 ) del lienzo, con el caballo de frente, sobreparado y puesto en mano,
deberá arrancar a toda carrera o a galope
hasta los 20 metros del mismo
desde donde deberá
imprimir mayor
velocidad y desarrollar toda
carrera de su cabalgadura. Artículo
85.- El uso de la cuarta queda a criterio del competidor
sólo en los cuartos traseros. Será motivo de descalificación
cuartear en las paletas o el cuello del caballo. Pero obligatorio traerla
en la mano desde su inicio. Artículo
86.- Al entrar en el rectángulo, llamará a su caballo para dar la punta
y se tomará en cuenta la velocidad y la forma de meter las patas, así
como las huellas que haya dejado el caballo al rayar en tres tiempos como
máximo, para obtener puntos adicionales. Las huellas que deje el caballo
fuera del rectángulo, que no sean mayores a 50 cm no tendrán sanción ni
se tomaran como huella. Si supera esta medida se Artículo
87.- Después, sin voltear el caballo, lo pondrá en el centro respecto de
las líneas laterales y sobreparado lo hará girar hacia derecha o
izquierda, dando tres o más lados y si se desplazara, antes de Artículo
88.- Al término de los lados, tomará el centro y girará 180 grados, (medios
lados) a la derecha y a la izquierda, en un solo impulso o dos como máximo para obtener puntos
adicionales. Es optativo para el competidor iniciar a la derecha o a la
izquierda, pero siempre tendrá que dar ambos medios. Los cuales no se
premiaran si no tienen los 180 grados, cuando los intentos no rebasen los
90 grados y se queden en ¼
de vuelta la cala se descalificará por
considerarse inconclusa al negarse
a ejecutar el movimiento completo. Artículo
89.- Terminada esta prueba, cejará su caballo, en línea recta hacia el
partidero, debiendo cruzar con los cuartos delanteros la línea de los 50
metros de la manga del lienzo y regresará al tranco hasta el rectángulo,
donde saludará al estilo charro para dar por terminada su cala. Artículo
90.- Para la ejecución de los movimientos, la rienda se manejará
preferentemente a media tabla del cuello del caballo. No deberá abrir la
rienda ni manquearla. Todos los movimientos se harán con una sola Artículo
91.- Será motivo de descalificación no realizar la cala completa que se
integra con: ·
Saludo
inicial . (No ejecutar el saludo inicial o final ·
Galope.
no será motivo de descalificación ·
Carrera.
pero se sancionará con 2 puntos) ·
Punta. ·
Lados. ·
Medios
lados. ·
Ceja. ·
Tranco. ·
Saludo
final. ·
Artículo
92.- Se permitirá el uso de taloneras, muñequeras, y campanas de cuero
para protección de Artículo
93.- Si al ejecutar la punta esta se inicia antes de los 70 metros, se
sancionará por llamar antes o disminuir la carrera. debiendo tomarse en
consideración lo establecido en el articulo
86 de este Artículo
94.- Si se le llegara a caer la cuarta al competidor, antes de iniciar, se
le sancionará con un Artículo
95.- Cualquier raya que dejen las patas del caballo dentro y fuera del
rectángulo, serán tomadas en cuenta para la punta, tomando en
consideración lo establecido en el articulo 86 de este reglamento. CALIFICACIONES
·
Se
otorgarán 20 puntos por la presentación del caballo y esta calificación
podrá aumentar o disminuir según la puntuación adicional o las
infracciones. ADICIONALES I
Por alagartarse para
dar el estribo:
1
II
Por brío
1
III
Por poder
1 IV
Por ejecutar la cala a una sola mano, izquierda o derecha
optativamente desde su inicio: 2
V
Para que haya puntuación adicional en la punta las
huellas de las patas no deben ser menores a)
Por rayar el caballo metiendo las 2 patas en un solo
tiempo
10 b) Por rayar el caballo metiendo una pata en un solo tiempo y la otra en 2 tiempos 9 c) Por rayar el caballo metiendo una pata en un solo tiempo y la otra en 3 tiempos 8 d)
Por rayar el caballo metiendo las 2 patas en 2 tiempos
7 e) Por rayar el caballo, metiendo una pata en 2 tiempos y la otra en 3 tiempos 6 f)
Por rayar el caballo metiendo las patas
en 3 tiempos
4 VI
* Gráficas (
Anexo 1 ) VII
Por dar seis o más lados imprimiendo de menor a mayor
velocidad sin salirse de su centro, pivoteando, por cada
lado:
2 VIII
Por asentar la pata de apoyo del lado en que está girando,
haciendo una sola marca en la arena por cada lado imprimiendo velocidad.
Se acumulan con los de la
fracción anterior
1 IX Por dar los medios lados mínimos de 180° en dos tiempos como máximo, por cada medio lado 1 X Por arrancar su cabalgadura a toda carrera de sobreparado 2 INFRACCIONES
I Por resistirse a ser enfrenado: 1 II Por resistirse a dar el estribo 1 III Por alborotarse en el partidero: 1 IV Por no poner el caballo en mano: 1 V
Por no arrancar su caballo
en un tiempo máximo de 60 segundos
2 VI
Por no correr en línea recta por el centro de la manga del lienzo:
2 VII
Por disminuir la carrera sin ser llamado de la rienda:
2 VIII Por llamar al caballo de la rienda después de los 60 y antes de los 70 metros para dar la punta: 1 IX Por parar su cabalgadura sobre las manos y/o cargarse de en la rienda 3 X
Por voltear el caballo para iniciar cualquiera de sus movimientos,
dando la espalda al
publico 1 XI
Por rebasar la línea de los 90 metros
al dar la punta a excepción de que lleve adicionales XII
Por abrir el hocico
1 XIII Rabear y/o espiguear 1 XIV Enjetarse 2 XV Cachetear: 2 XVI
Desplazarse al dar los lados, rebasando las líneas
laterales del rectángulo, por cada
lado: 2 XVII
Dar los lados sobre las cuatro patas, por cada lado:
2 XVIII
No imprimir la velocidad debida al dar los lados, por cada lado:
2 XIX
Por dar los medios lados sin apoyarse sobre las patas, por cada ½
lado 1 XX Estrellar 1 XXI Despapar y/o gorbetear 1 XXII
No cejar en línea recta, partiendo del centro del rectángulo,
hasta rebasar con las manos del caballo la línea de los 50 mts.
1 XXIII
Tener andadura de mondingo o trote 1 XIV
Perder uno o ambos estribos
2 XXV
Reventarse las taloneras, muñequeras, rienda, barbada, cadenillas,
etc., no se permite remendar, pero se le permite continuar:
1 XXVI Perder la cuarta en cualquier momento, pudiendo autorizar los jueces que se le regrese 1 XXVII Sangrar el hocico del caballo 2 XXVIII
No tomar su centro longitudinal para dar los lados o los medios
lados: 1 XIX
Por dar seis o más piquetes al ejecutar la punta
2 XXX Por preguntar y/o cuestionar a los jueces durante la realización de la Cala y en especial sobre el resultado de la ejecución de la punta, en una sola ocasión, (descalificación en caso de insistencia). 2 XXXI
Por no saludar al principio y/o final de la cala 2
DESCALIFICACIONES
I
Usar frenos no charros o con aditamentos impropios, así como
frenos zacatecanos, articulados, bozales, ronzales y abrestos, desde el
momento de presentar el caballo ante el jurado calificador, II
Usar artefactos, inyecciones, ligas, agujas
o pomadas en la cola del caballo. III
Por no partir al galope del ruedo hacia el partidero, o al galope
de los cero ( 0 ) a los IV
Por rebasar las líneas
laterales del rectángulo con cualquier parte de la cabalgadura al
ejecutar la punta. V
No parar el caballo al llamarlo de la rienda. VI
No colocar la cuarta en el cuartero antes de iniciar los lados. VII
Abrir la rienda o manquearla. VIII
Sujetarse de cualquier parte de la silla o de la
cabalgadura durante los
movimientos IX
Levantarse de manos el caballo en cualquier momento. X
Por caerse con todo y caballo
sin levantarse con el. XI
Caerse el jinete o apearse, se descalifica y se infracciona con 6
puntos malos. XII
No hacer la cala completa o negarse el caballo en cualquiera de sus
movimientos. XIII
Por usar las dos manos al mismo tiempo, a excepción de la punta,
al entrar al rectángulo y XIV
Por negarse el caballo a ser enfrenado o a dar el estribo,
saliéndose con cualquier parte del XV
El caballo que sea presentado por un competidor en un campeonato,
torneo o competencia por un equipo, no podrá ser presentado por otro en
el mismo evento Si lo hicieren, será descalificado en la segunda y
subsecuentes calas. XVI
El calador que interrumpa la ejecución de su faena para preguntar
y/o cuestionar por segunda ocasión por
la
calificación otorgada por los jueces, en especial la
correspondiente a la ejecución de la punta. XVII
Si rebasara un minuto
sin arrancar una vez que ha
llegando al partidero. XVIII
Por cuartear al caballo de medio cuerpo hacia adelante. XIX
Amarrar o trenzar la cola del caballo. XX
Por dar cuartos de lado
(90 grados)en lugar de medios lados 180
grados ),a derecha o izquierda. XXI
Por ejecutar la punta antes de los 60 Mts. XXII Por no cejar la cabalgadura hasta rebasar con las manos la línea de los 50 Mts. |