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REGLAMENTO-2003
CAPITULO
IV
Del
Caporal
Artículo
18.- Las obligaciones del
caporal son: I
Tener amplios conocimientos de la Charrería y del manejo del
ganado. II
Mantener una actitud imparcial con todos los competidores. III
Presentarse debidamente vestido y equipado, incluyendo
reata de lazar y chaparreras. IV
Vigilar que el lienzo tenga las condiciones apropiadas y sin ningún
obstáculo, al momento en el que se inicie el desfile. V
Estar pendiente de que haya el ganado vacuno y caballar necesario
para la competencia. VI
Verificar que haya puya eléctrica, gancho o garabato para quitar
las reatas de los animales que quedan lazados después de cualquier faena
así como para la labor de apretalamiento; cinta métrica para medir
las distancias aprobadas para las diferentes faenas así como la
cal necesaria para colocar las marcas correspondientes.
VII Designar
a sus ayudantes, y
verificar que la Federación o y/o VIII
Presentarse al lienzo cuando menos 90 minutos antes de la iniciación
de una competencia. IX
En compañía de los capitanes y de los miembros de las
asociaciones competidoras, a la hora indicada por los organizadores y la
Comisión Deportiva, a pasar el ganado que se usa en la faena del
Coleadero, a fin de que aprendan a correr en línea recta y regresar a las
corraletas por el devolvedero; pasar el ganado para las faenas de píales,
manganas y paso de la muerte y encajonar a los toros y yeguas del reparo,
a fin de que todo esté listo antes de iniciarse la Charreada, organizando
el desfile y la presentación de los equipos, X
Estar siempre pendiente de la próxima faena a realizarse, con el
auxilio de sus ayudantes. XI
Solicitar al Jurado Calificador, la autorización para la sustitución
de los miembros de un equipo o cambiar el ganado. XII
Reportar al Jurado Calificador a aquellos competidores que no se
presenten correctamente vestidos de charros, con el cabello largo o en
estado inconveniente. XIII
Reportar al Jurado Calificador, el retraso de cada faena, cuando
sea por culpa de los competidores, quienes en este caso se harán
acreedores a la sanción correspondiente. XIV
A petición de los capitanes, los manganeadores o los arreadores,
ayudará a pasar a la yegua y/o hacer sombra. XV
Presentarse al examen médico, aprobarlo y obtener autorización
del médico para actuar. XVI
En ningún momento deberá usar la reata de lazar a menos de que
fuese necesario para coadyuvar en las faenas. XVII
Abstenerse de dar lados y medios lados a su cabalgadura, durante su
actuación en la manga y el ruedo. XVIII
No podrá ingerir bebidas embriagantes ni antes ni durante la
Charreada. XIX
La actuación de los caporales será sancionada por los miembros
del jurado calificador, quienes de considerarlo necesario, podrán ordenar
su remoción, si el caso lo ameritara. XX
Después de la cala, uno de sus ayudantes deberá borrar del rectángulo,
las huellas dejadas por el caballo, a fin de evitar confusiones. XXI
Es obligación fundamental del Caporal, iniciar la competencia a la
hora anunciada y darle rapidez al espectáculo, procurando que se lleve a
cabo en el menor tiempo posible, solucionando de inmediato los imprevistos
que se presenten, con la ayuda de los organizadores y de los capitanes de
los equipos. en la Charreada en la que haya sido designado como tal. |