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REGLAMENTO-2003

CAPITULO V

De los Jueces  

A.- Para competencias oficiales de charros:

Artículo 19.-  Para competencias oficiales de charros, el jurado calificador estará integrado por tres miembros (y dos auxiliares para las faenas del lienzo y ruedo) del Colegio de Jueces, designados por la Federación y sólo hombres podrán calificar.

B.- Para competencias en concursos de presentación de charros:

Para concursos de presentación el jurado calificador quedará integrado serán exclusivamente tres miembros del Colegio Nacional de Jueces designados por la Federación.

C.- Para competencias oficiales de escaramuzas:

Para competencias oficiales de escaramuzas, serán cinco damas, integrantes del Colegio nacional  de Jueces, designadas por la Federación, cuidando que las escaramuzas de tres de ellas no participen en ninguna competencia del evento.

D.- Para concursos de presentación de damas:

Para los concursos de presentación de damas el jurado calificador estará integrado por tres juezas  del Colegio Nacional de Jueces, designadas por la Federación.

E.- Para competencias amistosas:

 Para competencias amistosas, hay que procurar que los Jueces sean Colegiados y si alguno representa a su Asociación, deberá calificar con imparcialidad sin convertirse en defensor de la misma.

Artículo  20.-  La máxima autoridad al celebrarse las competencias será el Jurado Calificador y cualquier contingencia que surja será sometida a su decisión, la que deberá ser respetada por los competidores. Cuando se requiera cambio de ganado el Caporal  solicitará su  autorización,  consultando y solicitando  en caso necesario a la Comisión Deportiva.

Artículo 21.-  Los Jueces para competencia de equipos charros se instalarán en un palco especial con sonido, acceso adecuado y lo que se requiera para cumplir con su cometido, deberá estar a los 60m., donde termina el lienzo y empieza el ruedo quedando terminantemente prohibida la presencia de cualquier persona ajena al Jurado Calificador, iniciando la competencia hasta que desalojen la zona.

Para los concursos de presentación será en el lugar que establezca la sede en la convocatoria correspondiente.

Para la competencia de escaramuzas se repartirán en diferentes lugares de las tribunas, en el contralienzo y ruedo, siendo descalificada la  escaramuza  cuya representante o familiares que se acerquen a importunarlas en el desempeño de su comisión.

Artículo 22.-  Los Jueces siempre deberán vestir el traje de  charro, así como las Jueces de escaramuzas vestirán el traje de charra, Adelita o China Poblana, y no podrán tomar parte en la competencia como miembros integrantes del equipo.

Artículo 23.-  Es obligación de los Jueces hacer acto de presencia en el lugar de la competencia una hora antes de la celebración del evento para el registro de equipos, constatar la firma del médico revisor de charros y la revisión de los caballos de escaramuzas.

Artículo 24.-  El fallo del Jurado Calificador será indiscutible e inapelable y el o la competidora que no lo respete será descalificado (a). Si fuera el Capitán o Capitana será descalificado (a) el equipo completo, debiendo terminar la competencia, procediéndose en forma análoga a lo establecido en el articulo 14 de este reglamento.

Artículo 25.-  Los Jueces tendrán la obligación de atender en forma correcta sin suspender la Charreada al Capitán del equipo que respetuosamente solicite alguna aclaración e informarle el por qué de su fallo y puntuación, así como cuando les sea solicitada una calificación en cualquier momento.

En el caso de las escaramuzas la información del por qué de su fallo, así como su calificación será el reunirse el Jurado Calificador y promediar su calificación.

Artículo 26.-  En competencias oficiales serán auxiliados por uno o más apuntadores vestidos de charros o charras según el caso para llevar la puntuación y no tendrán ni voz ni voto, quedando los Jueces obligados a supervisar la misma.

Artículo 27.-  En todas las competencias oficiales o amistosas de charros los Jueces deberán dar a conocer su calificación en el preciso momento en que se haya ejecutado la faena,  por micrófono, o en voz alta, inmediatamente después de ejecutada cada oportunidad. Sólo en ese momento se harán aclaraciones sin suspender la competencia.

Artículo 28.-  Los Jueces y anotador (s) deberán firmar  la hoja de calificación al final de la competencia, llamando a los capitanes de los equipos   para que firmen la misma, en caso de no hacerlo se dará por aceptada la calificación.

Artículo 29.-  Con el propósito de no interrumpir la competencia, los capitanes podrán subir al palco a invitación de los jueces y en forma correcta hacer las aclaraciones pertinentes.

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