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REGLAMENTO-2003

CAPITULO XVII

Del Paso de la Muerte

Artículo 261.- Esta faena consiste en pasar de un caballo manso, montado a pelo, a un caballo o una yegua brutos, del cual se sujetará exclusivamente de la crin, yendo ambos a toda velocidad, corriendo alrededor del ruedo.

Artículo 262.- El caballo del pasador deberá llevar exclusivamente freno, con bozal o sin él y el jinete tiene la obligación de llevar cuarta.

Artículo 263.- Para la realización de esta faena, el competidor será auxiliado por tres arreadores designados por el capitán del equipo o por él mismo.

Artículo 264.- Para la calificación de la faena, el ruedo se dividirá en cuartos tomando como inicio el primer cajón y el jinete dispondrá de un máximo 3 minutos o dos intentos para concluirla, el pasador se encuentra en suerte desde el momento de entrar al ruedo

Artículo 265.- El primer intento se hará a puerta de cajón, ayudado por sus arreadores, en sentido de la máscara, para lo cual, la puerta del cajón donde se encuentre la yegua  bruta, se abatirá hacia adentro y será ahí donde el pasador esperará su salida Para obtener puntos adicionales por distancia, el jinete dispondrá de ¾ de ruedo y calificará de la siguiente manera:

·          En el primer cuarto                                    3

·          En el segundo                                              2

·          En el tercero                                          1

·          En el cuarto                                            0

Los puntos adicionales por distancia se otorgarán tomando en consideración el momento en el que el pasador caiga sobre los lomos de la yegua o caballo brutos.

Artículo 266.- En el segundo intento, los arreadores pasarán la yegua por el lugar que escoja el jinete competidor y no tendrá adicionales por distancia.

Artículo 267.- Si los arreadores le pasan a la yegua al pasador por el lugar debido y éste, por culpa de su caballo o de él mismo no la siguiera, contará como oportunidad utilizada.

De la misma manera, si la yegua se les sale de los cajones en la primera oportunidad y no la entregan al pasador, contará como oportunidad.

El segundo intento contará cuando los arreadores entreguen a la yegua en el lugar donde la espera el jinete y la vuelta concluirá en el mismo lugar.

Artículo 268.- De ninguna manera se permitirá que los arreadores tapen a la yegua o la golpeen de adelante hacia atrás con el objeto de restarle velocidad o quitarle los reparos.

Pero podrán arrearla, azotándola, para que imprima mayor velocidad o deje de reparar, sin que este castigo sea excesivo, remolineando de atrás hacia delante y siempre en los cuartos traseros.

Artículo 269.- Será motivo de descalificación que uno o varios de los arreadores, ayuden al jinete empujándolo con cualquier parte del cuerpo o con sus caballos.

Artículo 270.- Si el competidor ejecuta el Paso de la Muerte y yendo montado en el lomo de yegua, ésta cae o brinca la barrera, no tiene obligación de continuar montado, contará su faena y además podrá ser ayudado a desmontar en caso de quedar imposibilitado de hacerlo solo.

Artículo 271.- Si el jinete se levanta en el  lomo de la yegua, sin recibir ayuda, cuando ésta haya caído reparando,  obtendrá  puntos adicionales de acuerdo a la (tabla).

Artículo 272.- Se comprende que el Paso de la Muerte debe ejecutarse con la yegua bruta a toda carrera, si se resiste o se niega a correr, la faena podrá ejecutarse a yegua parada, al trote o caminando y obtendrá la calificación que corresponda conforme a la tabla que se adjunta, pero no tendrá puntos adicionales por distancia.

Artículo 273.- Después de ejecutado el Paso de la Muerte, cuando la yegua deje de reparar, los jueces le advertirán al pasador que debe desmontar y éste tendrá un minuto para hacerlo. Si no lo hiciera, se le infraccionará con 2 puntos malos por cada minuto excedente.

Artículo 274.- Si la yegua continúa corriendo o reparando después de los tres minutos, no se infraccionará al competidor.

Artículo 275.- Los animales brutos para el Paso de la Muerte serán sorteados en presencia de los capitanes de los equipos y/o de los competidores, por la Comisión Deportiva y siempre en presencia del Caporal.

Artículo 276.- Solamente podrá cambiarse a los animales brutos para el Paso de la Muerte, cuando pateen y pongan en peligro al pasador o a sus arreadores, previa solicitud a los miembros del Jurado Calificador.

Artículo 277.- Los animales brutos usados para el Paso de la Muerte deberán tener suficiente crin, a criterio de la Comisión Deportiva.

Artículo 278.- Es obligatorio que el pasador lleve cuarta en la mano desde su entrada al ruedo, ya montado.

Artículo 279.- No habrá vuelta de calentamiento para el pasador.

Artículo 280.- Será motivo de descalificación usar cualquier tipo de pegamento en las crines de los animales brutos o de la cabalgadura del pasador.

Artículo 281.- Si en la primera oportunidad la yegua cae saliendo de los cajones, se repondrá la oportunidad encajonándola nuevamente, si cae durante el segundo intento, se repondrá.

Artículo 282.- La faena se inicia cuando el ruedo esté limpio y los miembros del Jurado Calificador ordenarán que se inicie el conteo del tiempo.

Artículo 283.- Es motivo de descalificación que los arreadores encierren a la yegua o caballo brutos, con objeto de que el pasador pueda desmontar.

Artículo 284.- Si el caballo del pasador cae por accidente, se le repondrá la oportunidad en la que esté en suerte.

Artículo 285.- Será motivo de descalificación y se infraccionará con 6 puntos malos, que el pasador se caiga de su caballo o se baje estando en suerte.

Articulo 286.- El pasador tendrá un minuto para apearse desde el momento en que se lo notifica el jurado calificador de lo contrario será sancionado

Articulo 287.-   El pasador tendrá un minuto para entrar después de ejecutado el paso anterior.

CALIFICACIONES

I              Por hacer el paso de la muerte en el primer intento, saliendo la yegua a puerta de cajón:                                                                                     20

II            Por hacer el paso de la muerte en el segundo intento                15

III           Por hacer el paso de la muerte a yegua parada, caminando o a trote, en cualquier intento, no tendrá puntos adicionales por distancia           5

TABLA DE CALIFICACIONES

PASO DE LA MUERTE

 

CLASIFIC. DE LA JINETEADA

DISTANCIA EN 
VUELTAS

SIN ARREO

CON ARREO          

CUARTEAR

C/A

CUARTEAR S/A

DESCOMPO

NERSE

APEARSE

CRUZANDO

LA PIERNA O  AGA. OREJA

LEV. CON YEGUA REP.

 

¼,  ½  ¾

 

 

 

 

 

 

 

EXCELENTE

3 ,2, 1

7

4

4

5

-1

+1

2

BUENA

3 ,2.,1

5

3

3

4

-2

1

2

REGULAR

3 ,2, 1

3

1

2

3

-3

1

1

MINIMA SIN

REPAROS

3 ,2, 1

-

-

1

1

-4

1

0

 

ADICIONALES

I-   Por sujetar la oreja para apearse                                                   (tabla)

II.-  Por levantarse con la yegua siempre y cuando haya caído durante los reparos                                                                                   (tabla)                    

INFRACCIONES

I              Por no caer en el lomo del animal bruto al brincar o no armar en el brinco cayendo en la cruz, en los riñones, en el anca, acostado en el lomo o de lado, siempre y cuando consume la faena     2

II            Por descomponerse durante la jineteada, saliéndose del lomo hacia delante, hacia atrás o hacia las costillas(tabla)

III           Por no quedar de pie al apearse                                                 1

                No debe confundirse con caer.

IV            Perder cualquier parte del atuendo                                 1

V             Por meter las espuelas en las verijas para que el animal bruto repare y no contarán los reparos.                                                 2           

VI            Por tumbar al animal bruto el pasador o los arreadores y se descalifica el paso. No confundir por el hecho de que el animal bruto caiga por el peso del competidor o por resbalón. En este último caso se repondrá la oportunidad.                                        2

VII          Por no llevar cuarta los arreadores                                          2

VIII        Por excederse en el tiempo de un minuto que se concede para apearse, a partir de que los jueces se lo indiquen, por cada minuto          2

IX            Por no regresar la yegua a los corrales.(Al equipo)           2                      

DESCALIFICACIONES

I              Por destroncar a la yegua en los corrales,  en los cajones, o en el ruedo. No se permite, (manosearla, en los cajones) golpearla en la cabeza o en el lomo ni recargarla sobre las tablas del ruedo.

II            No recibir a la yegua a puerta de cajón y pierde su segunda oportunidad.

III           Por tapar a la yegua, el pasador o sus arreadores, para que salga por detrás del competidor, así como arrearla intencionalmente en sentido contrario, de contramáscara y se pierde la oportunidad.

IV            Por no llevar  el pasador la cuarta en la mano, desde su entrada al ruedo.

V             Por taparle los reparos o quitarle velocidad a la yegua o caballo brutos, adelantándose cualquiera de los arreadores.

VI            Por ayudar al jinete empujándolo con el cuerpo o con las cabalgaduras.

VII          Por apearse el jinete antes de que el animal bruto deje de reparar.

VIII        Por apoyarse de la barrera o de cualquier otro objeto y/o recibir cualquier ayuda para no caerse durante la carrera o al desmontarse.

IX            Por caerse del caballo manso antes de intentar el brinco y se infracciona con 6 puntos.

X             Por usar espuelas con espigas afiladas, con gancho, la caja amarrada o espuela con casquillejo estilo texano hacia adentro y rodaja de diente. Se permite trabar la rodaja y usar pialera.

XI            Por tumbar la yegua el mismo pasador por inclinarse hacia delante o hacia los lados al ir montado.

XII          Por rebasar los 3 minutos de tiempo que se conceden para esta faena, después de que los jueces lo hayan advertido, menos los puntos malos acumulados.

XIII        Por hacer el paso después de completar la segunda vuelta.

 

XIV         Por encajonar a la yegua los arreadores o taparle la carrera para que el jinete pueda desmontar. (no confundir con hacer sombra).

                Un arreador podrá taparle a la yegua sin encajonarla

XV           Por irse de lado el jinete y desmontar, pues la apeada sólo cuenta cuando el jinete va en el lomo.

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