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REGLAMENTO-2003
CAPITULO
XI
De
los píales en la Manga del Lienzo
Artículo 96.- Los equipos de pialadores se integrará con tres elementos si se
trata de charreadas amistosas, en competencias oficiales solamente habrá
un pialador por equipo. Artículo 97.- Cada uno de los pialadores
tendrá tres oportunidades para realizar su faena, pero cada una de ellas
será a diferente distancia: ·
En competencias oficiales, a los 20, 30 y 40 metros contados desde
el partidero. ·
En competencias amistosas, a los 10, 30 y 50 metros. En este caso,
el pialador que se coloque en los 30 metros podrá esperar yegua para
realizar su faena, siempre y cuando el que se coloque en los 10 metros
lance su lazada. Artículo 98.- En competencias oficiales o amistosas cada equipo
por conducto de su capitán o
pialador en turno
designará a los arreadores que moverán el ganado
al salir por el partidero. Artículo 99.- La distancia mínima entre manos del caballo del
pialador y la pared del
lienzo será de 4 metros. Artículo 100.- Si la yegua no pasara entre la barda del lienzo y
la línea de los 4 metros o si no lo hiciera con la franqueza y la
velocidad debida o demasiado pegada al caballo del pialador, podrá
reponerse su oportunidad, previa consulta y autorización
del Jurado Calificador, siempre y cuando este no haya soltado su lazada. Artículo 101.- Con objeto de hacer más ágil la ejecución de
esta faena, cada lazador presentará dos reatas listas para usarse y si no
lo hiciera, será descalificado en su oportunidad, pero con obligación de
presentarlas en la siguiente oportunidad. Artículo 102.- Mientras se realizan las calas de caballo, el
caporal dispondrá que los pialadores preparen sus reatas, de manera que
estén listos al terminar la faena inmediata anterior. Artículo 103.- Desde el momento en el que el juez le indique a
uno de los competidores que debe iniciar su faena, éste tendrá dos
minutos. Si no lo hiciera en ese tiempo, se le infraccionará con dos
puntos malos por cada minuto usado. Será excepción el hecho de que el pialador sea también calador
únicamente en la primera
oportunidad. Artículo 104.- Los animales correrán siempre del corral hacia el
ruedo. Artículo 105.- Todos los píales se amarrarán precisamente de
punta y para que cuenten el
pialador deberá detener
completamente la carrera de
la yegua lazada.. Artículo 106.- Pial amarrado y chorreando, solamente podrá ser
cabresteado en una distancia de 15 metros sin infracción. Artículo 107.- La faena termina cuando el pialador detiene
completamente la carrera de la yegua teniendo la obligación de sostener
la reata en sus manos hasta que la
yegua queda limpia, excepto cuando la yegua se mete en los corrales o
devolvedero o cuando esté
todavía lazada y, el pialador llegué al ruedo rebasando la línea de los
60 metros de la manga del lienzo. Artículo 108.- Como la finalidad es lazar exclusivamente las
patas de la yegua, solamente contarán los que entren limpios y serán
descalificados los que entren en tres o cuatro patas y se hagan Pial o
aquellos que primero choquen con el pecho de la yegua y después se
conviertan en Pial. Artículo 109.- Si la reata se revienta, aun cuando la yegua ya
haya sido detenida, no cuenta y se restarán los puntos malos acumulados. Artículo 110.- La Comisión Deportiva vigilará que la yeguada
sea pareja y se recomienda que el peso de cada animal sea mínimo de 350
kilogramos. La sede del Campeonato Nacional deberá contar con báscula. Artículo 111.- Si la yegua después
de haber sido detenida totalmente en su carrera regresa hacia el partidero,
cuenta el Pial. Artículo 112.- Los rellenos del cuello de la cabeza del fuste serán
de madera o reata de lazar entera, Pero se permitirá el uso de
mecate de ixtle sancionándose con 1 punto. El uso de
mezclilla o cualquier otro material, será motivo de descalificación. También aplica en las suertes de terna y manganas a caballo. Artículo 113.- Las vueltas excedentes de la reata deberán
conservarse completas en la
mano de la rienda.. Se permitirá sostener las vueltas finales de la reata
en la entrepierna del lazador, sancionándose con un punto en caso de
ejecutar la faena. Y no se
permitirá ponerlas en el suelo ni sentado sobre ellas, pues
será motivo de descalificación en caso de ejecutarse la faena. También aplica en las suertes de terna y manganas a caballo. CALIFICACIONES
I
Pial remolineado hacia delante
20 II
Pial remolineado hacia atrás.
22 III
Pial de piquete, sin remolinear
24 IV
Pial de piquete hacia atrás, sin remolinear
26 V
Pial floreado hacia delante
26 VI
Pial floreado hacia atrás
28 VII
Rompechaqueta
26 ADICIONALES
I
Por tirar a mayor distancia de la reglamentaria, por cada metro
extra.
2 II
Chorrear a canilla muerta, con el caballo de punta
sin moverse de su
lugar 2 INFRACCIONES I
Amarrar no siendo Pial, lazando al animal de cualquier parte, a
excepción de que el Pial suba hasta las verijas y después baje a las
corvas o
patas 2 Si la bestia es detenida amarrada de las
verijas no cuenta como Pial. II
Amarrar o pretender hacerlo después del primer intento,
fallar vueltas o perder la guía,
2 III
Permitir que el caballo camine o salga hacia el contralienzo sin
control, exponiendo a enredar a sus compañeros
3 IV
No chorrear la reata lo necesario para disminuir la carrera del
animal,
resecando 2 V
Amarrar o pretender hacerlo bajando la vista hacia la cabeza del
fuste 4 VI
Chorrear bajando la mano hacia la campana del fuste
4 VII
Cabrestear más de 15 metros y hasta 20 como máximo 2 (Cabrestear mas de
20 metros es descalificación.) VIII
Chorrear con el caballo atravesado 2
acusando falta de control del jinete. IX
Perder el tiempo innecesariamente, al no estar listo para tirar en
cada una de sus oportunidades 2 X
Por cada minuto excedente de los 2 reglamentarios, después de que
el caporal le indica que está en suerte
2 XI
Por hacer sombra al pialador a pie o a caballo o arrear al caballo
del pialador ejecute o no la faena
(descalificación)
XII
Por utilizar mecate de ixtle si ejecuta la faena
1 XIII
Por colocar las vueltas finales en la entrepierna si ejecuta la
faena 1 DESCALIFICACIONES
I
Por no detener totalmente
la carrera de la yegua pialada. II
Por reventarse la reata, menos los puntos malos acumulados. III
Soltar la reata porque la yegua se la quite, a excepción de que ésta
entre en el devolvedero o el pialador llegue al ruedo con la reata en las
manos.
Se considera desarme cuando el pialador pierde el contacto con la
reata con ambas manos, aun cuando esta se encuentre en la entrepierna.(Se
sanciona con 6puntos) IV
Pisar la línea que marca la distancia mínima de 4 mts. V
Cabestrear más de 20 metros, más los puntos malos acumulados. VI
Por ser Pial y hacerse media al ir chorreando, más los puntos
malos acumulados. VII
Amarrar de poder a poder, con el caballo en dirección contraria al
ruedo, menos los puntos malos acumulados. VIII
Por arrearle el caballo al pialador,
ya que ésta es una
faena individual. IX
No presentar sus dos reatas al inicio de la faena o en el momento
que el caporal se lo solicite X
Hacer sombra o arrear el caballo al pialador a pie o a caballo. |