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REGLAMENTO-2003
CAPITULO
XIV
De
la Terna en el Ruedo
Artículo
164.- La terna se integrará con tres charros lazadores a caballo que
forman parte de un equipo que representa a una asociación. Artículo
165.- Cada lazador tendrá tres oportunidades, ya sea para lazar la cabeza
o el Pial. Su participación será alternada en forma obligatoria: se
falla el primero en el lazo de cabeza, lazará el segundo y si este falla,
lo hará el tercero. De la misma forma lo harán quienes deban ejecutar el
Pial. Artículo
166.- Calificará solamente un lazo de cabeza y uno de Pial. Artículo
167.- Se permite lazar la cabeza con tres lazos iguales, pero para los
piales deberán ser tres lazos diferentes los que ejecutará cada lazador. Artículo
168.- Se bonificará a la calificación de los lazadores
2 puntos si el lazo se realiza en la primera oportunidad y con 1
punto en la segunda. Artículo
169.- Se considera oportunidad utilizada cuando al estar floreando, el
lazador pierda el floreo por cualquier motivo a excepción de que la
pierda por causa del caporal. Artículo
170.- Cuando un toro brinque al callejón, el lazador puede dejar de
florear sin perder su oportunidad, pero si continuara será bajo su propio
riesgo. Artículo
171.- No se permitirá que dos lazadores suelten su reata para iniciar su
floreo al mismo tiempo. Artículo
172.- La terna se realizará en un tiempo máximo de 8 minutos contados
desde el momento en el que salga el toro de los cajones. Los lazadores
(solo uno) podrá iniciar el floreo a
partir de que se abre la puerta del cajón durante el apretalamiento del
toro. Artículo
173.- No contará el tiempo si el toro salta la barrera o sale del ruedo
por cualquier parte y se reanudará el conteo cuando el toro regrese al
ruedo. Artículo
174.- Se otorgarán 2 puntos adicionales por cada minuto ahorrado que se
acreditará por mitades a las
calificaciones del cabecero y
del pialador. Artículo
175.- Para otorgar puntos adicionales, se cuenta desde el momento en el
que el toro rinde costillar y paleta y se limpia del lazo de cabeza. Artículo
176.- Los miembros de la terna pueden desmontar para auxiliar en la
limpieza de la cabeza del toro, sin incurrir en falta por ello. Artículo
177.- Si se revienta la reata de los lazos de cabeza o pial, aun estando
derribado el toro, será motivo de descalificación y se infraccionará
con un punto en esa oportunidad, pues se entiende que se deben usar reatas
apropiadas, pero el competidor puede usar de las oportunidades que le
resten. Artículo
178.- No se permitirán lazos remendados ni en la cabeza ni en el pial. Se
entiende por remendar el hecho de que un lazo no sea bien ejecutado y que
en un segundo movimiento se coloque en el lugar debido. Artículo
179.- Los lazos cabeceros calificarán cuando abarquen
cuernos, cabeza, o media cabeza. Los lazos de media cabeza y giba,
serán infraccionados con un punto siempre y cuando estire. Artículo
180.- Cuando un lazador cabecero ponga un lazo defectuoso, puede limpiarlo
siempre y cuando no estire. Si lo hiciera, se descalificará, pero estará
obligado a detener para que se realice el lazo de pial. Si posterior a la
ejecución de un lazo defectuoso de cabeza la reata se reventará , en
este caso, el mismo lazador tiene la obligación de volver a lazar la
cabeza para continuar con la faena Artículo
181.- Si el lazo es brazueleado o remendado, se pierde la oportunidad. Artículo182.-
Cualquier lazo defectuoso de cabeza o pial deberá
quitarse ondeando la reata, y no tendrá infracción,
pero si se quita con la mano, se castigará con 1 punto malo,
aunque lo haga uno de sus compañeros de equipo u otro ajeno al mismo. En
cualquier caso, esta acción deberá realizarse antes de estirar. Artículo
183.- Si se revienta la reata del cabecero después de que el toro ya ha
sido derribado por el pialador, será descalificado en esa oportunidad,
menos los puntos malos acumulados y se le permitirá un segundo lazo
cabecero al lazador en turno que contará
5 puntos sea sencillo
o floreado. Artículo
184.- No se permitirá destroncar al toro golpeándolo en el lomo o en la
cabeza o estrellándolo contra la barrera con los caballos o de caballo a
caballo. Hacerlo será motivo de descalificación para la terna. Artículo
185.- Se puede arrear al toro para ponerlo en suerte, sin azotarlo en los
lomos, solamente en los cuartos traseros. Artículo
186.- Para que el
lazo de cabeza cuente
con todo su floreo, el toro deberá de estar parado, si el lazo
floreado se ejecutara estando el toro echado solo contara
( 5 ) cinco puntos Artículo
187.- Para que el pial en el ruedo cuente, el toro deberá estar parado. Artículo
188.- El primer lazador de cabeza puede iniciar su floreo en el momento en
que se inicia el apretalamiento del toro. Artículo
189.- Después de ejecutada o no la faena, los miembros de la terna tienen
la obligación de llevar al toro al devolvedero, de no hacerlo así, se
sancionará al equipo con 2 puntos malos. De
los Lazos de Cabeza Calificaciones
I
Lazo sencillo
5 II
Lazo con efecto
6
III
Lazo floreado de una o más vueltas
7 ADICIONALES
POR FLOREO
I
Arracadas Adelante
1
Arracadas Atrás
1 II
Resorte sencillo derecho
1 III
Resorte sencillo izquierdo
1 IV
Resorte sostenido derecho
2
Sustituye
al sencillo si es que lo hizo. V
Resorte sostenido izquierdo
2
Sustituye
al sencillo si es que lo hizo. VI
Resorte con giro de medio cuerpo derecho
1 VII
Resorte con giro de medio cuerpo izquierdo
1 VIII
Resorte derecho incluyendo la cabeza del caballo
1 IX
Resorte izquierdo incluyendo la cabeza del caballo
1 X
Espejo derecho, sobre los dos brazos
1 XI
Espejo Izquierdo, sobre los dos brazos
1 XII
No especificado sin parar el floreo
1 XIII
Cambio derecho
1 XIV
Cambio izquierdo
1 XV
Resorte sostenido derecho
con anca de caballo
1 XVI
Resorte sostenido izquierdo con anca de caballo .
1 Artículo
190.- Los resortes, cambios y espejos, solamente cuentan por una vez de
cada lado por lo que la puntuación no es acumulable. Artículo
191.- Para encuartar al toro, el
lazador debe solicitar permiso del Jurado Calificador y si no lo hiciera o
intentara, será infraccionado conforme a las calificaciones. ADICIONALES
AL REMATAR
I
Hacia atrás
1 II
Con distancia de más de seis metros
1 III
Corriendo el toro
1 IV
Corriendo el lazador y el toro
2 V
En la primera oportunidad
2 VI
En la segunda oportunidad
1 VII
Por ser solamente los cuernos en el primer movimiento
1 VIII
Bozalear en la primera oportunidad
1 INFRACCIONES I
Amarrar o intentar hacerlo después
del primer intento
1 II
Amarrar o intentar hacerlo bajando la vista hacia la cabeza del
fuste. 2 III
Bajar la mano hacia la campana del fuste
2 IV
Dejar que el toro se encuarte innecesariamente y/o encuartar al
caballo propio o al de un compañero
1 V
No encuartar al toro
después de haber solicitado el permiso del Jurado Calificador
1 VI
Por estirar lazo defectuoso (brazuelado o encuartado)
Descalificado
1 VII
Estirar cuando la soga este lastimando el o los ojos del
toro 2
VIII
Por estirar estando lazada la giba o joroba
1 IX
Por lazar media cabeza
1 X
Por florear defectuoso, cuando se está a punto de perder el floreo,
se compone y se ejecute o no la faena
1 XI
Por perder el floreo
1 XII
Por lazar con precipitación en cualquier momento de su floreo
2 XIII
Quitar el lazo brazuelado con la mano
1 XIV
Por permitir que el toro lazado de la cabeza salte la
barrera; continuará contando el tiempo y se infracciona con
4 XV
Por pararse en los estribos durante el floreo perdiendo el asiento,
en cada oportunidad
1 XVI
Por reventarse la reata
1 XVII
Por no regresar al toro al devolvedero
2 DESCALIFICACIONES
I
Por perder la reata, con infracción de 6. Tiene la obligación de
seguir deteniendo al toro para que sus compañeros puedan tirar el lazo de
pial; para este efecto, se permite que cualquiera de sus compañeros le
entregue la guía de la reata perdida. II
Por reventarse la reata, menos los puntos malos acumulados. III
Por poner un lazo defectuoso y estirarlo
tiene la obligación de detener al toro para que tiren sus compañeros. IV
Por detener la secuencia del floreo con figuras como la llamada
bandera o columpio, en cualquier momento. V
Por perder el floreo VI
Por destroncar al toro azotándolo en los lomos o en la cabeza ó
estrellarlo contra la pared del ruedo ó entre los caballos, se
descalificará la terna previa llamada de atención del jurado calificador. VII
Entre tiro y tiro el toro deberá estar limpio, De
los Píales en el Ruedo CALIFICACIONES I
Sencillo
5 II
Sencillo con efecto
6 III
Floreado de una ó más
vueltas
7 IV
Corvero derecho o izquierdo
7 V
Contra corvero derecho o izquierdo
7 VI
Verijero derecho o
izquierdo 8
VII
Contraverijero derecho o izquierdo
9 VIII
Del Viento
10 IX
Del viento remolineado en sentido contrario (de frente al
toro) 11 X
Contraviento
12 XI
Contra viento remolineando en sentido contrario (de espaldas al
toro) 13
ADICIONALES
POR FLOREO I
Arracadas hacia adelante
1
Arracadas hacia atrás
1 II
Resortes sencillos derechos
1 III
Resortes sencillos izquierdos
1 IV
Resortes sostenidos derechos
2 Sustituye
sencillo si es que lo hizo. V
Resortes sostenidos izquierdos
2
Sustituye
sencillo, si es que lo hizo. VI
Resortes con giro de medio cuerpo derecho
1 VII
Resortes con giro de medio cuerpo izquierdo
1 VIII
Resortes derechos incluyendo la cabeza del caballo
1 IX
Resortes izquierdos incluyendo la cabeza del caballo
1 X
Espejo derecho sobre los dos brazos
1 XI
Espejo izquierdo sobre los dos brazos
1
XII
No especificado sin parar el floreo
1 XIII
Uno o más cambios derechos
1 XIV
Uno o más cambios izquierdos
1 XV
Resorte sostenido derecho con anca del caballo
1
XVI
Resorte sostenido izquierdo con
anca del caballo
1
ADICIONALES
AL REMATAR LAZOS FLOREADOS I
Verijero derecho
1 II
Verijero izquierdo 2 III
Contraverijero derecho o contra corvero
3 IV
Contraverijero izquierdo o corvero
2 V
Del Viento
3 VI
Contraviento
4 VII
Por tirar a más de 6 metros de distancia, cualquier lazo sencillo
o floreado
2 VIII
Por lazar en la primera oportunidad
2 IX
Por lazar en la segunda oportunidad
1 X
Corriendo lazador y toro (sencillo o floreado)
2 Artículo
192.- Los píales del viento y del contraviento, deben subir en sentido
vertical para que cuenten. Artículo
193.- Los píales sencillos o floreados que se rematan del viento,
contraviento, verijero y contraverijero que se caigan del cuadril antes de
que entren las 2 patas en la lazada, no cuentan para la calificación
los adicionales del remate. INFRACCIONES
I Estirar
no siendo Pial o seguir estirando después del que
el Pial se hace de una pata
1
II Amarrar o intentar hacerlo
después del primer intento 1
Por
una sola vez. III
Amarrar o intentar hacerlo bajando la vista hacia la cabeza de la
silla de montar, por una sola vez 2
IV Bajar la mano hacia
la campana del fuste, por una sola vez
2
V Por precipitación en
cualquier momento del floreo
1 VI
Por continuar estirando un Pial que se hace media al estirar
1
VII Por floreo defectuoso
1
VIII Por perder
el floreo realizando o no la faena
1
IX Reventarse
la reata
1
X Pararse
en los estribos durante el floreo
1
En
cada oportunidad. XI
Los píales verijeros, contraverijeros, del viento y contraviento
que cae del cuadril antes de que entren las dos patas en la lazada
2 XII
Bajar con la mano el pial verijero del lomo ó la palomilla
2
XIII Por estirar del
mismo lado que el cabecero
1 DESCALIFICACIONES
I
Por perder la reata, por cualquier motivo se infracciona además
con 6 puntos malos, más los acumulados durante el floreo.(a excepción de
que sea culpa del caporal) II
Por reventarse la reata, más los puntos malos
acumulados. III
Remendar cuando el toro camina hacia atrás y mete la(s) patas. Las
únicas formas válidas es caminando de frente o de lado aún que sea
jalando del mismo lado del cabecero. |