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REGLAMENTO-2003

CAPITULO XIII

Del jineteo de toros

Artículo 147.- Para la calificación, las jineteadas de toro se clasifican de la siguiente manera:

 A.-   De acuerdo al pretal utilizado

I           Con pretal de gaza.

II         Con tentemozo                             

El tentemozo deberá ser un pedazo de reata o mecate de ixtle, doblado por la mitad, por donde pasan las puntas y se apretala con firmeza. Para que el jinete se sujete lo mejor posible, sólo se podrá hacer un nudo en la parte superior de las puntas, por encima de las manos, el cual no podrá ir apretado con exceso sobre las manos del jinete. No podrá llevar ninguna vuelta extra sobre las manos.

B.-       De acuerdo a la forma de montar

I           Con la cara hacia atrás montado en el lomo.

II          A una mano.

III        A piochicola.

IV         A la Lola.

Artículo 148.- Las jineteadas se harán sobre toros que reúnan las siguientes características:

·                                            Peso de 450 a 600 kilogramos.

·                                            Fuertes, con poder y presencia.

·                                            Con cuernos moderados que no causen peligrosidad.

·                                            Limpios, que no hayan sido jugados.

Artículo 149.- Como la finalidad de la faena es permanecer montado hasta que el toro haya dejado de reparar, el jinete que aproveche la proximidad de la barrera se apoye, se sujete o la utilice para apearse o no caer, será descalificado, así como si se apea antes de que el animal deje de reparar.

Artículo 150.- Los animales destinados al jineteo, serán sorteados por la Comisión Deportiva en presencia del caporal, los capitanes de los equipos y/o los jinetes.

Artículo 151.- La faena calificará haya o no reparado el toro.

Una vez puesto el verijero será obligatorio salir con él, de no hacerlo será motivo de descalificación.

Artículo 152.- No se permitirá que el animal que se jinetee se le quiten los reparos, jalándolo de la cola o de alguna extremidad, pero si se permitirá que en caso de peligro se ayude al jinete de la manera que se juzgue conveniente, estando caído o cuando al desmontarse lo embista el toro.

En el caso de que un toro se quiebre dentro de los cajones, se solicitara a la Comisión Deportiva la reposición. De la misma manera si la fractura sucede durante la jineteada, ésta contará  suspendiendo el tiempo para efecto de la reposición del toro y continuar con  la terna. .

Artículo 153.- Si por las condiciones especiales del toro, el jinete no pudiera desmontarse libremente, cualquiera de los integrantes de la terna puede lazar la cabeza del animal contando su oportunidad.

Artículo 154.- Será motivo de descalificación el hecho de que el toro sea destroncado intencionalmente en los cajones o en los corrales. No debe ser sujetado por el cuello a menos de que no tuviera cuernos y si así fuera y el toro lo ameritara, se le sujetará pero sin ahorcarlo, previa autorización de la Comisión Deportiva y con su vigilancia.

Tampoco se permitirá que se le ponga tierra o alguna otra sustancia en los ojos o en cualquier otra parte del cuerpo o inyectarlo. De no seguirse estas indicaciones, el Jurado Calificador descalificará la jineteada.  

Artículo 155.- Cuando el toro no repare, el jinete tendrá derecho a la calificación mínima más los adicionales que marca este Reglamento.

Artículo 156.- Estando limpio el ruedo, estén listos o no el jinete y lazadores, los jueces iniciarán el tiempo de apretalamiento que será de 3 minutos, otorgando a la calificación individual del jinete un punto por cada minuto ahorrado. Si no lo hiciera en ese tiempo, los jueces ordenarán que se abra el cajón y se iniciará el tiempo de la terna que será de ocho minutos. El jinete podrá realizar su faena después de culminada la terna, siempre y cuando el tiempo de ésta no haya concluido.

Artículo 157.- Para mayor seguridad de los jinetes, se recomienda que usen protector bucal y que se le coloquen corneras al toro si lo requiere. Se podrá usar chaleco protector debajo de la pachuqueña o de la camisa.

Artículo 158.- Para la faena de apretalamiento, el jinete podrá ser auxiliado hasta por cuatro de sus compañeros charros, vestidos reglamentariamente y supervisados por la Comisión Deportiva.

Artículo 159.- No se permite que los lazadores u otra persona, se coloquen frente al toro para quitarle reparos en la salida o durante la jineteada. Tampoco que le arreen al toro ni hacer contacto con el caballo. De hacerlo, la jineteada será descalificada.

Artículo 160.-Cuando el jinete al apearse le aviente el sombrero al toro para evitar el peligro, no se sancionará por quitarse el sombrero.

Artículo 161.- La Comisión Deportiva vigilará que las espuelas usadas sean de tipo charro y reportará al Jurado Calificador las violaciones a este Reglamento. Será descalificado el jinete que no acate estas disposiciones.

Artículo 162.- Los jinetes podrán usar guantes de gamuza, de colores serios, cerrados o con las puntas de los dedos recortadas.

Artículo 163.- Los pretales y verijeros etc. deberán estar “ presentados” en los toros con toda  oportunidad, con la autorización y vigilancia de la Comisión Deportiva, para que en el momento en el que los jueces comiencen a contar el tiempo de apretalamiento este  se abrevie  lo más posible.

CALIFICACIONES

 

clasifica

cal

una
mano

tente
mozo

Pio
chicola

Cara atrás

Cara atrás una mano

A la lola

Jugar piernas

Poner verijero

Quitar verijero

Quitar pretal

Bajar sin ser lazado el toro

Descom
ponerse

 

Por caerse el toro y levan
tarse

Sin ayuda

Por caerse el toro y levan
tarse

Con ayuda

exelente

21

3

3

4

3

4

3

2

2

1

1

1

-1

2

1

buena

17

3

3

4

3

4

3

2

2

1

1

1

-2

2

1

regular

13

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

-4

2

1

med-reg

10

1

1

1

1

1

1

-

-

1

1

1

-5

-

-

minima

6

1

1

1

1

1

1

-

-

1

1

1

-6

-

-

 

ADICIONALES

I           Por correr las piernas al mismo tiempo hacia delante, espueleando al toro desde el pescuezo, siempre y cuando el toro repare desde su salida y durante los reparos                       (tabla)

II         Por usar pretal verijero, siempre y cuando repare el toro y colocado de tal manera que no quede flojo ni tan apretado que impida los reparos del toro  sin que lo lleve sujeto el jinete. Si se cae o se va de lado, no cuenta                                     (tabla)

III        Por levantarse en el lomo del toro sin recibir ayuda cuando este ha caído reparando.                                                    (tabla)

IV        Por levantarse en el lomo del toro, recibiendo ayuda, jalando de la cola exclusivamente, cuando éste ha caído reparando .                            (tabla)

V          Por quitar el pretal verijero cuando el jinete va aún montado                                                                                                          (tabla)

VI        Por quitar el pretal llevándoselo en la mano, siempre y cuando el toro no haya sido lazado                                                  (tabla)       

VII       Por bajarse sin haber sido lazado el toro              (tabla)

VIII      Por jinetear con tentemozo                                           (tabla)          

IX         Por jinetear a piochicola                                                        (tabla)

X          Por jinetear con la cara hacia atrás sobre el lomo     (tabla)

XI        Por salir a una mano, repare o no el toro, pero si durante la jineteada se apoya en cualquier parte del toro con la mano libre, no cuenta                                                                         (tabla)

XII       Por jinetear a la Lola, con la pierna cruzada hasta que deje de reparar el toro.                                                                (tabla)                        

XIII      Por cada minuto ahorrado en el cajón de apretalamiento.

Que se aplicará a la calificación del jinete               1

INFRACCIONES  

I           Por no quedar de pie al apearse, poniendo cuando menos             un pie en la arena .NO SE DEBE  confundir con caerse  1

II          Por descomponerse durante la jineteada                     (tabla)

III        Por bajarse sin pasar la pierna por delante                        1

IV         Por perder cualquier parte del atuendo                                   1

V         El verijero no contará cuando lo quite reparando el toro y             además perderá el adicional de la mano.

DESCALIFICACIONES  

I            Destroncar intencionalmente al toro en los corrales o en los cajones, ahogándolos con el pretal o apretando excesivamente el verijero.

II            Sujetarse, apoyarse o detenerse de la barrera o de cualquier otra cosa o recibir ayuda para no caerse o para desmontarse.

III        Por bajarse del lomo del toro antes de que deje de reparar.

IV         Por taparle los reparos al toro.

V          Por usar pretal de grapas.

VI        Por usar espuelas con espigas afiladas, con gancho o caja amarrada o espuela con casquillejo tipo texano hacia adentro y rodaja de diente. Se permite trabar la rodaja y             usar pialera.

VII       Por irse de lado el jinete, apeándose.

VIII      Cuando la jineteada no se realiza dentro del tiempo de la terna y rebasa los 8 minutos o terminan las oportunidades de los lazadores.

IX         Por no salir con verijero después de haberlo puesto.

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